Reproducción íntegra del texto facilitado por el Ministerio de Educación Superior de Venezuela en su página web en cuanto a homologación de los títulos extranjeros.
Reglamento de Revalida de Títulos y Equivalencias de Estudios:
Artículo 9º: “Se entiende por revalida el acto por el cual una Universidad Nacional reconoce y convalida un título otorgado por una Universidad extranjera o Instituto de nivel universitario previo el cumplimiento de los requisitos señalados en el reglamento”. Artículo 23º “Se entiende por equivalencia el proceso por el cual una Universidad Nacional determina cuales materias cursadas y aprobadas por el solicitante en una Universidad o Instituto de rango universitario del exterior o en Instituto venezolano de Educación Superior, equivalen a materias que forman parte del pensum de estudio de una determinada Facultad, Escuela o Instituto Universitario”
CASO 1: Títulos provenientes de los países firmantes del “Acuerdo sobre Títulos y Diplomas del Congreso Boliviano de 1911” y del “Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe”. Procedimiento:
1.1 El interesado en revalidar su título obtenido en el extranjero, debe dirigirse al Ministerio de Educación Superior (Oficina de Convenios y Cooperación), para realizar la solicitud de la revalida y deberá consignar los siguientes documentos:
- Título original, debidamente legalizado por el país que lo expidió. (Original y tres copias, una en fondo negro y dos en papel tamaño carta).
- Original y tres copias (una en fondo negro y dos en papel tamaño carta), de las calificaciones debidamente legalizadas por el país que las expidió.
- Original y copia del acta de grado debidamente legalizada por el país que la expidió.
- Copia de los programas de las asignaturas cursadas durante la carrera, debidamente foliados, sellados y firmados por la autoridad competente de la Universidad donde se realizaron los estudios.
- Constancia certificada por la universidad que otorgó el título mediante la cual se reconoce que el interesado cursó y aprobó los estudios que pretende revalidar con los programas que se hacen constar.
- Original y copia de la certificación mediante la cual el país de donde procede el título, hace constar que la institución que otorgó el título tiene carácter universitario.
- Cédula de Identidad o pasaporte de la persona interesada.
1.2 Luego de constatada la legalidad de los documentos, se remite al interesado a la Oficina de Revalidas de la institución de su elección. 1.3 Finalmente, la Oficina de Revalidas de la institución seleccionada comienza los trámites para la revalidación. CASO 2: Títulos provenientes de países no suscritos a los acuerdos mencionados en el caso 1: Los interesados, deben dirigirse directamente a la Oficina de Revalidas de la universidad seleccionada, la cual le indicará el procedimiento a seguir.