Hasta 25 madres y dos padres extranjeros con hijos españoles a su cargo se han quedado en Tenerife en situación de irregularidad por la denegación de la Oficina de Extranjería de la provincia tinerfeña de renovar el permiso temporal que se les concedió hace un año a raíz de la reforma del Reglamento de Extranjería, que introdujo la figura del arraigo familiar para progenitores de menores españoles.
Según explicaron ayer un total de 25 organizaciones sociales un rueda de prensa, la reforma de la norma se realizó en abril de 2011 por las numerosas sentencias, tanto españolas como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, «en las que se establecía que debía concederse autorización de residencia (preferentemente de larga duración o de residencia permanente) a aquellos extranjeros que tuvieran a su cargo a hijos menores de nacionalidad española o comunitaria».
Así, el artículo 124.3.a del Real Decreto 557/2011 señala que se podrá conceder una autorización de residencia temporal por razones de arraigo familiar «cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española, siempre que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con este o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo».
De esta forma, fue concedida la regularización temporal durante un año a numerosos padres, con derecho a renovación siempre que persistan «las razones que motivaron su concesión», según señala el artículo 130 del Real Decreto 557/2011, relativo a la prórroga o cese de la situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Pese a este artículo de la norma, hasta a 28 personas con hijos menores a su cargo y españoles se les ha denegado la renovación.
Según explican los colectivos, los motivos utilizados para esta denegación son «arbitrarios».
«Se utilizan criterios como que no reciben ingresos suficientes o que no tienen un contrato fijo y de jornada completa o que no han cotizado un mínimo de seis meses, en un momento de crisis económica con las altas tasas de paro que se registran en las Islas», explicaron los colectivos.
Otro de los criterios en los que se escudan es que no están casadas o están inscritas como pareja de hecho, «cuando la Ley establece que si se mantiene una relación afectiva análoga al matrimonio se considera pareja de hecho», señala una de las representantes legales de las organizaciones.
Esta situación de irregularidad ha provocado que estas personas no tengan derecho a sanidad pública ni ningún tipo de prestación, además de impedir que sus hijos puedan acceder a una guardería o centro escolar.
Además, y dada la actual situación irregular, algunas de estas madres «están siendo objeto de sanciones administrativas, que en algunos casos llegan a alcanzar los 500 euros, lo que las aboca a una situación económica más precaria aún», denunciaron.
Los colectivos ya han solicitado entrevistarse con algún representante en la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, para que «ajuste sus criterios de actuación a la legalidad vigente».
Por su parte, la Delegación del Gobierno en Canarias explicó que «no se aplican criterios arbitrales, sino que se cumple con la establecido por Ley».
Y es que en las regularizaciones temporales de carácter excepcional, «como es este caso de arraigo familiar», la norma señala que para aprobarse la prórroga se debe cumplir con los criterios del artículo 71 del Decreto, que establece que debe «acreditar un periodo mínimo de trabajo y cotización», señalaron desde la Delegación del Gobierno.