Interior plantea normas más restrictivas para adaptar la ley a las recomendaciones de la UE
El Gobierno prepara una nueva ley que introducirá restricciones al derecho de asilo, en la senda marcada por la Unión Europea en los últimos años. Un borrador de ese texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, limita el acceso a la protección en los centros de internamiento y amplía los motivos de denegación de las solicitudes. Este es un asunto embarazoso para la coalición de Gobierno por las fricciones que puede provocar entre el PSOE y Podemos. La norma actual, de 2009, se considera obsoleta porque la realidad migratoria ha cambiado enormemente. Frente al modesto volumen de solicitudes de refugio que solía recibir España, en 2019 se registraron 118.000. España es ya el tercer receptor de potenciales refugiados de la UE, a poca distancia de Francia y Alemania.
La nueva normativa es una respuesta a los sucesivos ultimátums de Bruselas. España lleva años retrasando la adaptación de su legislación a las directivas comunitarias y ha agotado todos los plazos hasta llevar a la Comisión Europea a abrirle dos procedimientos de infracción. El último aviso llegó en octubre de 2019 —fecha de este borrador—, cuando el brazo ejecutivo de la UE amenazó con llevar a España al Tribunal de Justicia de la Unión. El Gobierno se adapta así a las exigencias de Bruselas, pero aprovechará para incluir sus propias medidas. El documento contempla las propuestas iniciales del Ministerio del Interior, y la versión final depende de las negociaciones entre los actores implicados, entre ellos los Ministerios de Seguridad Social y Migraciones y el de Exteriores.
La propuesta asume la letra y la música del progresivo endurecimiento de la política migratoria en la UE. Tras la crisis de 2015, cuando desembarcaron más de un millón de refugiados entre Grecia e Italia, el Ejecutivo comunitario se marcó como objetivo trazar una política común más restrictiva con los llamados migrantes económicos, los que no tienen derecho a protección internacional. Esos planes pasan por acelerar —y aumentar notablemente— los retornos de esos migrantes, blindar las fronteras y obligar a los socios a un reparto solidario de los refugiados. “La clave es tener un sistema rápido para diferenciar quién tiene posibilidad de pedir asilo y quién no. Y hay que devolver a quienes no sean refugiados”, explica una alta fuente comunitaria.
Entre las propuestas que el Gobierno español baraja está el establecimiento de un plazo para las solicitudes de los recién llegados, que la legislación europea fija en 30 días, pero que en la actualidad no está contemplado en la ley española.
Esta medida será aún más restrictiva para los extranjeros encerrados en los centros de internamiento (CIE), una de las novedades que España introduce motu proprio. La propuesta de Interior es que los internos tengan apenas 10 días para formalizar su solicitud de asilo una vez que han sido informados de su derecho a pedir protección. “Pasado ese plazo se entenderá que la solicitud ha sido formulada con la única intención de retrasar o frustrar la expulsión”, recoge la versión inicial de la ley. La denegación por incumplir este plazo no estaría sujeta a revisión y solo se podría recurrir ante los tribunales. Las fuerzas policiales se quejan de que los migrantes recurren a menudo a solicitar el asilo simplemente como una forma de aplazar su deportación. En 2019 hubo en los CIE 2.164 solicitudes, el 2% del total.
La adaptación a la normativa europea supone, según el borrador, ampliar los motivos para denegar las peticiones de protección. Entre los nuevos figuraría que en el país de origen del solicitante existan zonas donde pueda establecerse con seguridad.
El texto preliminar también define el concepto de país seguro, acorde al modelo comunitario. Aunque los expedientes deben estudiarse individualmente, este cambio implica que si el solicitante procede de un país considerado seguro por España —Marruecos, por ejemplo— puede ver su solicitud denegada. El mismo criterio se aplicaría si el solicitante tiene su residencia habitual en un tercer país también etiquetado como seguro. Se valorará “si existe vínculo entre la persona y el tercer país por el que sería razonable que el solicitante se fuese a ese país”. Ese vínculo puede consistir en tener familiares o haber residido legalmente allí inmediatamente antes de pedir protección en España. Siempre se tendrá en consideración que el retorno no ponga en riesgo la vida o la libertad del peticionario por motivos políticos, de raza o religión.
Interior plantea eliminar la comisión interministerial en la que se deciden las demandas de asilo para acabar con un trámite “que ralentiza enormemente la instrucción”. Actualmente, la Oficina de Asilo y Refugio acumula más de 120.000 expedientes por resolver, pero ha quintuplicado su ritmo de resolución.
Pero no todas las medidas contempladas suponen un endurecimiento. En el ámbito más garantista, el borrador introduce cambios que dan más seguridad jurídica a los solicitantes: los reconoce como tales en el momento en el que manifiestan su intención de pedir protección, lo que obliga a registrarlos oficialmente. Eso ya ocurría en la práctica; ahora quedará regulado por ley. También amplía de cuatro a cinco días el plazo de resolución de los expedientes en frontera. Un portavoz del Ministerio del Interior rechazó este martes comentar ningún aspecto del borrador al que tuvo acceso este periódico.
Fuente: El País, 19 de febrero de 2020
Comments (2)
Edgar
says febrero 19, 2020 at 08:48Buenas, y aproximadamente para cuando estarian en vigor o sería aplicado todo eso mencionado?
Oyarzun
says febrero 21, 2020 at 09:41No hay fecha cierta, debemos estar atentos. Saludos