La Instrucción Conjunta del Director General de Migraciones y del Comisario General de Extranjería y Fronteras determina el criterio a tener en cuenta respecto a los procedimientos de extranjería impulsados o tramitados a favor de nacionales venezolanos en España debido a la imposibilidad de solicitar una autorización o su renovación con un pasaporte caducado está generando entre los ciudadano de nacionalidad venezolana, una suerte de irregularidad sobrevenida puesto que, en la práctica, les está siendo imposible acceder a estos procedimientos debido a que no pueden renovar el pasaporte, una vez ha expirado su vigencia, a través de los servicios consulares de su país ubicados en España, lo que les exigiría tener que volver a su país y, una vez allí, proceder a su renovación.
Adjunto enlace donde podrás descargar la instrucción
Es aplicable para las Oficinas de Extranjería y Comisarías de Policía Nacional.
El Ministerio de Justicia y el Instituto Cervantes se han sumado también a dicho criterio en favor de los ciudadanos venezolanos.
https://tuabogadoencanarias.com/wp-content/uploads/2020/08/Instruccion-conjunta-pasaportes.pdf
Comments (2)
Ivan Bernal Herrera
says octubre 26, 2021 at 13:39Hola buenas tardes, en el caso de la pre jura y jura de la nacionalidad española tambien aplica este artículo , (puedo hacer dichos tramites con el pasaporte vencido) ya que los tiempos de espera para la renovación son muy largas y luego viene la fecha de entrega.
gracias a la espera de su respuesta
Albania
says noviembre 02, 2021 at 09:29Siempre que tenga el TIE vigente, no necesitará del pasaporte vigente. Saludos