La Ley 20/2022, de 19 de octubre, conocida en España como Ley de Memoria Democrática entró en vigor ayer viernes, al día siguiente de su publicación el Boletín Oficial del Estado. El matiz de ‘conocida en España’ es más que correcto. Porque en Latinoamérica es muy conocida, pero por la denominación de ‘Ley de Nietos’.
Todo su cuerpo normativo hace referencias a la reparación de las víctimas de la represión franquista y a la recuperación y restitución de derechos perdidos para aquellos descendientes de represaliados y exiliados. Sin embargo, la ley guarda cuatro párrafos, un parámetro jurídico que, según los expertos consultados por EL ESPAÑOL, va a suponer una auténtica avalancha de peticiones en el exterior para pedir y recibir la nacionalidad española, en caso de cumplir con los requisitos.
Se trata de la Disposición Adicional Octava. En ella, estipula en primer lugar que podrán acogerse a la adquisición de la nacionalidad española todos aquellos nacidos fuera de España cuyos padres o madres, abuelos o abuelas, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual. También podrán acogerse los hijos o hijas de mujeres españolas que, casadas antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, hubieran perdido su nacionalidad al contraer matrimonio.
Sin embargo, el grueso mayor de personas susceptibles de adquirir la nacionalidad española se encuentra en el apartado 1.b de la disposición: «Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre».
Los despachos de abogados especializados en tramitaciones de nacionalidad consultados por EL ESPAÑOL afirman que están recibiendo una avalancha de peticiones de información de países cono Venezuela, Cuba o México. Porque lo que cubre ahora esta ley con respecto a 2007, es que ofrece la nacionalidad española a aquellos que no pudieron hacerse con ella en 2007 por ser descendientes de españoles y ser menores de edad, hijos de aquellos que la lograron con la ley de hace 15 años. Es decir, los nietos.
Los consulados
Stratego Abogados es un despacho de abogados con sede en Madrid y Lisboa, especializados en la obtención de nacionalidades española y portuguesa. Rubén Mañanes, abogado y fundador sostiene que «no me gusta la denominación de Ley de Nietos porque no va va ser tan amplio como la gente espera, por ejemplo, porque si el abuelo o la abuela se exiliaron y mantuvieron la nacionalidad española, no les va a corresponder». De hecho, el desarrollo de la Ley correrá a cargo de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, algo que aun no se ha materializado.
No obstante, eso no es óbice para que en Stratego Abogados no paren de recibir solicitudes de información, sobre todo de México, Cuba y Miami. «Estamos a la espera de instrucciones, pero deducimos que va a haber una ampliación de oficinas, porque si se tramita a través de los consulados va a ser una locura». Con la Ley de Memoria Histórica de 2007 se recibieron «500.000 solicitudes» y ahora «va a ser peor», augurando que «donde más solicitudes va a haber es en Cuba». En Cuba además, hay solo un consulado, en La Habana, que se prevé que no de abasto en cuanto se abra el periodo de solicitudes.
«Dejarlo en manos de un consulado, al que acudir sin cita, es no conocer la realidad de los consulados. El de Monterrey, en México, aun está colapsado por las peticiones de nacionalidad española para los sefardíes«, cuyo plazo de petición expiró en 2019.
Mañanes asegura que su despacho ha recibido ya «más de mil peticiones» solicitando información por la Ley de Nietos. «La expectación es máxima. Hay tanto interés como desesperación por tener la nacionalidad española… porque al fin y al cabo es tener un pasaporte europeo», algo decisivo e incluso esperanzador en países como Cuba o Venezuela.
Albania Oyarzun es abogada de ‘Tu abogado en Canarias’ y especialista en asuntos de extranjería e inmigración en las Islas, principal puerta de entrada a España de la inmigración venezolana. «El número de solicitudes de información que hemos recibido ha sido tal que en redes sociales hemos tenido que hacer un vídeo explicando que los bisnietos de españoles no entran en esta ley, a no ser que la nieta o nieto hubiesen obtenido ya la nacionalidad en 2007».
«Éstos», subraya Oyarzun, «que se quedaron fuera entonces, van a tener un doble beneficio: porque van a poder nacionalizarse ellos, y luego sus hijos. Esto va a ser como ‘Españoles por el Mundo’.
No obstante, la abogada prevé «una salvajada de solicitudes«, y coindide con su compañero en que «los consulados no tienen preparación para esto». En todos los supuestos, la declaración deberá formalizarse en el plazo de dos años desde la entrada en vigor la ley. Al terminar este plazo, el Consejo de Ministros podrá acordar su prórroga por un año.
El ESPAÑOL se ha puesto en contacto con fuentes del Ministerio de Asuntos Sociales y Migraciones, sin haber recibido respuesta, para recabar si contaban con algún dato orientativo sobre el número de personas susceptibles de acogerse a este apartado para obtener la nacionalidad.
Publicado por EL ESPAÑOL
Enlace de la entrevista: