Mantenimiento y Extinción de la Autorización de Estancia por Estudios: Claves del Nuevo Reglamento de Extranjería
La reforma del Reglamento de Extranjería, realizada mediante el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, no solo ha introducido cambios procedimentales y materiales en la tramitación de estancias por estudios, sino que regula por primera vez de forma expresa y sistemática las causas de extinción y los criterios para el mantenimiento de estas autorizaciones.
Este artículo explica, con precisión técnica y claridad para el ciudadano extranjero, los puntos clave del nuevo régimen aplicable a las autorizaciones de estancia por estudios.
1. Mantenimiento de la Autorización: Nuevas Obligaciones Regulares
A diferencia de la normativa anterior, el nuevo reglamento refuerza la necesidad de mantener los requisitos que justificaron la concesión inicial durante toda la vigencia de la autorización.
Acreditación de la continuidad de los estudios
Si la autorización tiene una duración superior a un año (hasta un máximo de dos), el estudiante deberá acreditar anualmente que continúa con los estudios autorizados.
- No se requiere una nueva solicitud, basta con una comunicación administrativa.
- No se permite cambiar de estudios sin tramitar una nueva autorización.
Excepciones: requisitos de superación académica
No se exige haber aprobado los estudios como condición general, salvo en ciertos supuestos:
- Estudios de idiomas: se debe acreditar la superación del curso (EOI o DELE).
- Academias FSE: se requiere acreditar la presentación a las pruebas oficiales.
2. Causas Específicas de Extinción de la Autorización
Por primera vez, el Reglamento incluye una lista expresa de causas de extinción en los artículos 200.2 y 200.3 del RLOEX. Estas pueden aplicarse de oficio por la administración, sin necesidad de sentencia judicial.
Motivos generales de extinción
- Prohibición de entrada en España o el Espacio Schengen.
- Fraude documental: falsificación o manipulación para obtener la autorización.
- Cambio de finalidad: uso de la estancia para fines distintos a los autorizados.
- Pérdida de requisitos: como falta de matrícula, seguro o medios económicos.
Motivos personales o administrativos
- Pérdida o cambio de nacionalidad sin tramitar autorización compatible.
- Falta de documentación válida, como pasaporte no renovado.
- Condenas por delitos graves, en especial trata de seres humanos o tráfico de personas.
Motivos de orden público
Cuando la persona represente una amenaza para el orden, salud o seguridad pública, evaluándose según criterios de proporcionalidad (gravedad, vínculos con España, etc.).
En todos estos supuestos, la extinción es automática y, si se inicia procedimiento sancionador, la expulsión implica también la extinción de todas las autorizaciones vigentes, así como el archivo de cualquier solicitud en trámite.
3. Importancia de la Vigilancia Administrativa
El nuevo marco impone una actitud activa al estudiante extranjero. Debe:
- Mantener la misma actividad formativa autorizada.
- Aportar anualmente documentación justificativa si la estancia supera los 12 meses.
- Evitar cualquier irregularidad documental, incluso formal.
La Oficina de Extranjería que concedió la autorización inicial tiene ahora mayor capacidad de control, incluyendo la facultad de denegar prórrogas o acordar la extinción de la autorización.
Un Régimen Más Garantista, Pero También Más Exigente
La reforma establece un marco más claro y seguro jurídicamente, pero también más estricto. El cumplimiento de requisitos y plazos es esencial. Cualquier incumplimiento —incluso por descuido— puede suponer la pérdida automática de la autorización.
Por ello, es altamente recomendable contar con asesoramiento legal especializado para garantizar una estancia regular y sin sobresaltos.
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